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Estás en: Inicio » Preguntas Frecuentes – FAQs » ¿Qué significa lo de «buena fe» para pagar deudas?

20 octubre 2019 by Christian

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Las normativas españolas han evolucionado con el fin de quitar a las personas físicas deudoras el estigma de la imposibilidad de recuperación económica. La Ley de Segunda Oportunidad es la herramienta que permite a los deudores volver a empezar. Es un paralelismo con el concurso de acreedores que antes solo estaba disponible para empresas.

Buena fe: el paso a un nuevo destino económico

Dentro de los requisitos para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad que permite la paralización de embargos y la liberación de deudas se encuentra la “buena fe” del deudor. Es en realidad uno de los puntos más importantes y polémicos para poder solicitar el beneficio legal que libere a la persona física de una deuda de por vida.

Es necesario contar con el asesoramiento de expertos en deudas, que conocen a la perfección la materia. De esta manera se podrá alegar la buena fe basada, según los detalles de la ley. Estos serían algunos parámetros que acompañan a la demostración de buena fe:

  • Que se demuestre un intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores

  • Que el deudor no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Esto iría asociado a una administración desleal en la que el deudor haya provocado a sabiendas su insolvencia según el dictamen del juez

  • Que no haya sido beneficiado con la Ley de Segunda Oportunidad durante los 10 años anteriores a la petición

  • Que no haya sido condenado en los diez años previos en delitos económicos contra el patrimonio, Hacienda, Seguridad Social, el derecho de los trabajadores o el orden socioeconómico

  • Que no haya recibido y rechazado en los últimos 4 años una propuesta de trabajo adecuada a su capacidad

El deudor que demuestre su buena fe en base a estos requisitos y haya liquidado el total de su patrimonio para la liquidación a sus acreedores, puede acceder a la exoneración de deudas. Para que esto suceda el pasivo no debe exceder los 5 millones de euros. Desde el momento de la presentación, los embargos y ejecuciones se suspenden en un principio por un plazo de dos años.


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