La situación generalizada de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del coronavirus está convirtiéndose en una tragedia económica. Aunque el gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas extraordinarias para evitar que la economía se quiebre, si eres autónomo y no tienes ingresos tu situación financiera puede estar sufriendo las consecuencias. El trabajador autónomo se ha visto obligado, por orden gubernamental, a permanecer en su domicilio y no puede atender su negocio como debería.
¿Quiénes tienen derecho a percibir la prestación extraordinaria?
Debido al impacto social y económico que supone la presencia de la pandemia de coronavirus, el Ejecutivo ha aprobado un decreto en el que se establece una serie de ayudas económicas. Entre ellas, hay algunas para trabajadores autónomos que se hayan visto en la necesidad de detener sus actividades a causa del estado de alarma que rige desde el 14 de marzo.
En el decreto se reconoce además a los autónomos que hayan tenido una disminución del 75% de sus ingresos en el mes anterior al de la solicitud de la prestación. Se toma como referencia la media de facturación del semestre anterior.
Esta prestación garantiza un ingreso estable a todos aquellos trabajadores autónomos que hayan tenido que parar su actividad, o que estén registrando fuertes pérdidas y que no se vean en la necesidad de tener que cerrar su negocio. El decreto además indica que, en la actual situación sanitaria, no se tendrá que hacer el pago de la cuota de autónomos, de forma temporal. Se trata de una moratoria, en ningún caso es una exención de dicha cuota, es decir, deberá hacerse frente a los atrasos de pago de cuotas en un tiempo.
La condición necesaria para que el trabajador autónomo pueda acceder a esta prestación es que esté afiliado y dado de alta en la Seguridad Social y también en Hacienda. Asimismo, tendrá que estar al día con el pago de sus cuotas si pretende adquirir los derechos de protección que otorga la prestación.
Si el trabajador no tiene al día sus aportes, tendrá un plazo de 30 días naturales para que haga efectivo el pago total. Haber quedado en situación “descubierta” implica la posibilidad de no poder acceder a la prestación extraordinaria.
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La crítica situación sanitaria que está atravesando el país ha conseguido poner dudas en algunos procedimientos que pueden ayudar al autónomo en estos momentos. Las moratorias o las exenciones suelen estar vinculadas a otros procedimientos y tal vez deban realizarse consultas, por ejemplo, en la Agencia Tributaria, que pueden ocasionar demoras innecesarias en autónomos sin experiencia en esos trámites.
Generalmente, el autónomo no conoce en detalle la reglamentación vigente y es cuando la ayuda profesional puede acelerar los procesos en la tramitación de situaciones económicas límite.
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